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¿Qué debe hacer usted si sufre malos tratos? |
1. Deberá presentar una denuncia en la comisaría tenga o no pruebas de los mismos. Así mismo, cabe la posibilidad que solicite una orden de protección que lleva aparejadas una serie de medidas de protección tanto en el orden civil (medidas provisionales con relación a la guarda y custodia de la guardia de los hijos, pensión de alimentos, etc.) y penal (prohibición de comunicación con la víctima, orden de alejamiento, etc.). 2. A partir de ese momento, deberá de ponerse en contacto con un abogado lo más rápido para la defensa de sus legítimos intereses ya sea víctima ó haya sido acusado de haber ejercido violencia contra una mujer. 3. Tras prestar declaración en comisaría se iniciará un procedimiento penal para investigar la realidad o no de los hechos denunciados, su presunta autoría, etc. Si el Juez así lo estima, dicho procedimiento podría finalizar con una sentencia condenatoria con las correspondientes medidas de protección anteriormente descritas con el carácter de definitivas, tales como la aplicación de una orden de alejamiento, la prohibición de ponerse en comunicación entre el acusador y el imputado o la instalación de una pulsera de GPS. |